Desde Federación ASPACE Galicia celebramos este cambio normativo que beneficiará a todo el colectivo y a la sociedad en general. Una modificación aplaudida pero que tendrá que conllevar dotación presupuestaria y medidas concretas para garantizar de forma real la accesibilidad cognitiva

Tras la aprobación definitiva en el Congreso de la reforma del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, se incluye en nuestra normativa la accesibilidad cognitiva como parte de la accesibilidad universal.

El reconocimiento de la accesibilidad cognitiva supone un avance en la conquista de derechos de las personas con discapacidad y el compromiso para garantizar su ejercicio en igualdad de condiciones. Supone un éxito para el colectivo que lleva años reivindicando su incorporación explícita al marco normativo, por fin, cumplir unas condiciones de accesibilidad cognitiva será de carácter obligatorio, no dependiendo del menor o mayor compromiso o buena voluntad de entidades privadas y públicas.

La modificación contempla “garantizar de forma efectiva la accesibilidad cognitiva de todas las personas con dificultades de comprensión y comunicación del entorno físico, el transporte, la información y la comunicación, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones a disposición o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales”. 

Lectura fácil

Así, se incorpora la accesibilidad cognitiva como parte de la accesibilidad universal, lo que permitirá la fácil comprensión, la comunicación e interacción a todas las personas a través de la implantación y el despliegue de la lectura fácil y pictogramas en cualquier entorno, proceso, bien, producto o servicio.

Cambios con la reforma de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad

Entre otras medidas, la regulación normativa va a permitir implantar a partir de ahora, la lectura fácil en textos de interés general como prospectos de medicamentos, documentos administrativos o judiciales a través de la implantación de pictogramas y su adaptación para productos, servicios, transportes o en las administraciones públicas. Del mismo modo la nueva ley también asegurará el derecho de todas las personas a comprender la información pública en otros ámbitos como el de la cultura y la vida social en general.

Cambios con la reforma de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad

Compromiso

Desde Federación ASPACE Galicia celebramos esta reforma que beneficiará no solo a las personas con discapacidad intelectual, un 50% de nuestro colectivo, sino a todas las personas con dificultades de comprensión, personas mayores o migrantes y a la sociedad en general. Aunque aplaudimos la reforma es necesario asegurar una dotación presupuestaria para hacerla efectiva, así como su desarrollo reglamentario para el establecimiento de las concretas medidas y condiciones que garanticen de forma real la accesibilidad cognitiva.

Debemos partir de que la accesibilidad universal es una de las herramientas para garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, siendo la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos para ser comprensibles y utilizables para todas las personas, independientemente de los ajustes razonables que, en su caso, pueda necesitar una persona en concreto.

A pesar de los grandes avances en la eliminación de barreras, éstos se han centrado más en promocionar la accesibilidad física o sensorial, dejando al margen las necesidades que puedan tener las personas con diferentes necesidades de comprensión. Esperamos que la inclusión expresa de la accesibilidad cognitiva y la referencia al uso de pictogramas y de lenguaje sencillo o lectura fácil garantice de forma real y efectiva el acceso a las personas con discapacidad a una vida independiente y a participar en la sociedad en igualdad de condiciones que las demás.

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