
El programa Respiro familiar 2026 abre una nueva convocatoria de ayudas para las personas cuidadoras habituales no profesionales que atienden a personas en situación de dependencia, con discapacidad o que necesitan el apoyo de terceras personas en su día a día.
Desde Federación ASPACE Galicia, a través de nuestro servicio de información y orientación a las familias, acercamos esta convocatoria a las personas con parálisis cerebral y sus familias en Galicia, con toda la información necesaria para conocer las ayudas, los requisitos y cómo solicitarlas.
El plazo estará abierto del 12 de agosto al 15 de octubre de 2026 y las ayudas pueden alcanzar los 1.500 euros, destinados a financiar servicios que faciliten el descanso de las personas cuidadoras y favorezcan la conciliación personal, familiar y laboral.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Pueden solicitar estas ayudas las personas cuidadoras habituales no profesionales que atiendan de forma continuada a una o más personas en situación de dependencia, con discapacidad o que necesiten el apoyo de terceras personas para realizar las actividades de la vida diaria.
Tanto la persona cuidadora como la persona atendida deberán residir en Galicia.

Esta convocatoria puede ser de interés para las familias de personas con parálisis cerebral que se encuentren en alguna de estas situaciones. Desde Federación ASPACE Galicia queremos facilitar que las familias conozcan los recursos y ayudas disponibles en Galicia y puedan valorar, en cada caso, si cumplen los requisitos establecidos.
Tres modalidades de Respiro familiar
El programa ofrece tres modalidades de respiro, para que las familias puedan optar por la que mejor se adapte a sus necesidades:

¿Cómo se solicita?
Las ayudas corresponden al procedimiento:
BS614B – Programa Respiro Familiar para personas cuidadoras
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia.
También podrán presentarse presencialmente por cualquiera de los medios establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Enlaces de interés
Consultar la convocatoria oficial en el DOG
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260811/AnuncioG0762-040826-0001_es.html
¿Qué documentación puede ser necesaria?
La documentación que debe presentar cada familia dependerá de su situación y de la modalidad de respiro solicitada.
Además de la solicitud correspondiente, puede ser necesario aportar documentación que acredite la situación de la persona atendida, la relación con la persona cuidadora o el servicio de respiro que se va a utilizar, entre otros documentos establecidos en las bases.
Por ello, antes de presentar la solicitud es importante consultar la convocatoria completa y comprobar qué documentación corresponde aportar en cada caso.
Un apoyo para quienes cuidan
El objetivo del Programa Respiro Familiar no es sustituir los cuidados habituales, sino proporcionar un apoyo puntual a quienes cuidan de manera continuada, facilitando espacios de descanso y haciendo posible una mejor conciliación de las responsabilidades personales, familiares y laborales.
Las familias interesadas pueden consultar todos los requisitos, documentación y condiciones de la convocatoria en los enlaces oficiales incluidos en esta noticia.



