Con esta tarjeta se pretende facilitar la acreditación de la condición de la persona con discapacidad. Es un documento personal e intransferible que acredita el reconocimiento del grado de discapacidad y sustituye a todos los efectos la resolución por la que se reconoce este grado.

En el Diario Oficial de Galicia del día 4 de agosto de 2016 aparece publicada la orden por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su obtención. Puedes consultar este documento AQUÍ.

BENEFICIARIOS.

Los beneficiarios de esta tarjeta serán las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% (según el procedimiento del Real Decreto 1971/1999, de procedimiento para el reconocimiento, declaración o cualificación del grado de discapacidad).

La tarjeta es un documento personal e intransferible que acredita el reconocimiento del grado de discapacidad. Puede ser utilizada por el representante o guardador de hecho de la persona con discapacidad para acceder a las ventajas que aporta el reconocimiento.

VENTAJAS DE LA TARJETA

Anualmente se informará de las ventajas y beneficios vinculados a la titularidad de la tarjeta a través del portal de Bienestar de la Xunta de Galicia

PROCEDIMIENTO DE EXPEDICIÓN

Existen dos vías de expedición de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad:

  • De Oficio: Para aquellas personas cuya resolución de reconocimiento o de revisión del grado de discapacidad tenga lugar posteriormente a la entrada en vigor de la orden o para aquellas personas que tengan en curso en ese momento un solicitud de revisión del grado de discapacidad.
  • Por solicitud:
    • Para aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad (definitivo o provisional) igual o superior al 33% en la fecha de entrada en vigor de la orden, es decir el 5 de agosto de 2016.
    • Para aquellas personas que acrediten la pérdida o sustracción de la misma. 
  • Documentación a Presentar:
    • Modelo Anexo 2 (Solicitud de nueva tarjeta)
    • Modelo Anexo 3 (En caso de pérdida o extravío)
    • Fotocopia compulsada del DNI del solicitante o representante legal o guardador de hecho, en el caso de no autorizar al órgano competente para la tramitación de la solicitud, para la consulta de los datos de identidad.
    • Certificado de empadronamiento del padrón municipal del ayuntamiento de residencia del solicitante, en el caso de no autorizar al órgano competente para la tramitación de la solicitud para la consulta de los datos de residencia.
    • De ser el caso, Anexo IV (Autorización de representación) debidamente cumplimentado.
    • Fotocopia compulsada del reconocimiento del grado de discapacidad, en el caso de no autorizar al órgano competente para la tramitación de la solicitud para la consulta de datos.
    • En casos de pérdida o sustracción de la tarjeta, habrá que presentar copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente.
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