Una sentencia histórica que beneficiará a muchas familias, especialmente aquellas con menores con grandes necesidades de apoyo. Publicada el pasado 19 de junio como resolución al Recurso de Casación Contencioso-Administrativo.
El Tribunal Supremo de lo Contencioso, reconoce que las familias con hijos/as con discapacidad tienen derecho a las ventajas fiscales derivadas del mínimo por discapacidad del IRPF. Una deducción que puede ser aplicada desde el nacimiento. Así lo establece en una sentencia que afecta directamente a miles de familias, que podrán acceder incluso si aún no disponen del certificado oficial de discapacidad.
Primun vivere, deinde tributum solvere, el TS declara que el mínimo personal y familiar – art. 56 y ss. de la LIRPF – permite exonerar de tributación aquella parte de a renta que es necesaria para la subsistencia. En otras palabras, establecer un mínimo existencial, vital o de subsistencia que no sea objeto de gravamen.
La aplicación de la técnica tiene su base en la aplicación de varios principios constitucionales, como el de igualdad, capacidad económica y dignidad de la persona. No solo cuenta con el mínimo para la subsistencia, sino también las cargas familiares que deben ser asumidas.
La resolución
Gracias a la resolución, la discapacidad se entiende como constatación de la enfermedad que se padece desde el nacimiento. Por ende, se puede llegar a demostrar de la existencia del mínimo por discapacidad desde el nacimiento de la persona, sin necesidad del certificado oficial de discapacidad. Esto es posible a través de pruebas médicas que demuestren la existencia de dicha discapacidad.
El cambio es relevante para familias con menores con grandes necesidades de apoyo, como el caso de muchas personas con parálisis cerebral. Con ello, el Tribunal Supremo, pone en valor que la discapacidad no comienza cuando se firma un papel, sino cuando existe una situación real que afecte a la vida del menor y la economía familiar.
Ahora, el Supremo le da la razón en una sentencia a la que pueden acogerse las familias y que da 20 días a Hacienda para revisar sus declaraciones de la renta del 16, 17 y 18 y devolverle los impuestos cobrados indebidamente.
En este sentido, la sentencia corrige una desigualdad histórica.
Desde Federación ASPACE Galicia, celebramos esta pequeña victoria, que significará grandes mejoras en la vida de muchas personas. La contingencia contra el IRPF continúa, seguimos enfocando nuestros esfuerzos en la equiparación de la rentas exentas desde el departamento de legal. Puedes leer la noticia completa aquí: Cobrar para perder: Hacienda reclama a las familias con hijos con parálisis cerebral por la pensión que debería protegerlos.



