Una familia con hijo/a cargo con discapacidad que cobre la Pensión No Contributiva, en adelante PNC, tras hacer la declaración de la Renta descubre la pérdida de deducción por hijo/a cargo y ahora les toca devolver grandes cuantías económicas a Hacienda. Una situación que afectas a familias de toda Galicia y otras comunidades de España con hijo/a cargo con parálisis cerebral.
Desde Federación ASPACE Galicia venimos trabajando intensamente en los últimos meses para revertir esta situación a través de diversas acciones de incidencia y reivindicación.
Contexto general – ¿Qué son las PNC y a quién van dirigidas?
Las Pensiones No Contributivas de la Seguridad Social, es la vía mediante la cual el Estado, a través de la SS, garantiza a las personas la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social. Una ayuda para las familias en situación de vulnerabilidad.
Estas ayudas, aseguran una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales complementarios; a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez en estado de necesidad.
Las PNC son gestionadas por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Los requisitos y cuantías están recogidas en un documento oficial publicado por el IMSERSO, Pensiones No Contributivas de la Seguridad Social 2025. Se recogen de la siguiente manera:
REQUISITOS
a. Carecer de ingresos suficientes. Cuando las rentas o ingresos personales tengan un valor inferior a 7.905,80€. Sin embargo, si las rentes o ingresos son inferiores a 7.905,80€, pero se convive con familiares, el requerimiento se cumple cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la familia sean inferiores a los datos del IMSERSO. Estos están recogidos en: Pensiones No Contributivas de la Seguridad Social 2025.
Si la pensión que tiene asociada es una pensión no contributiva de invalidez y el solicitante o titular reúne los requisitos para el derecho al complemento por necesidad de tercera persona, los ingresos anuales deben ser inferiores a 11.858,70€ anuales.
La unidad económica de convivencia se da en todos los casos donde el beneficiario tenga relación de matrimonio, lazos de parentesco de consanguinidad hasta segunda grado. El parentesco de 2º grado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.
Los requisitos del solicitante para una PNC de invalidez, están recogidos en los documentos oficiales del IMSERSO de la siguiente manera:
- Edad: comprendida entre os 18 y los 65 años
- Residencia: residir legalmente en territorio español, por al menos 5 años.
- Discapacidad: grado igual o superior al 65%
Cuantía de las Pensiones No Contributivas (PNC) para el año 2025
La cuantía anual íntegra establecida para las pensiones de invalidez no contributivas en el año 2025, ascendió a 7.905,80 euros anuales.
La cuantía individual es establecida en relación con las rentas personales y/o de la unidad familiar. No pueden ser inferiores a la mínima del 25%, es decir, 1.976,45 euros anuales.
Los pensionistas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad de tercera persona para llevar a cabo los actos esenciales de la vida, percibirán un incremento del 50%. El incremento se traduce en uno 3.952,90 euros anuales a mayores, es decir, pasan a percibir un total de 11.858,70 euros anuales.
CUANTÍA | ANUAL | MENSUAL A PERCIBIR |
Integra | 7.905,80 | 564,70 |
Mínima (25%) | 1.976,45 | 141,18 |
Integra + Incremento del 50% | 11.858,70 | 847,05 |
¿Qué ocurre con la declaración de la Renta?
Para localizar el problema con el IRPF, es decir, la declaración de la Renta, debemos tomar los datos de la cuantía íntegra con el incremento del 50% por necesidad de tercera persona. Estas ayudas, no están exentas en la declaración de la Renta, en otras palabras, tributan. La PNC con el incremento, causa problemas con el mínimo de 8.000 euros anuales, marcado por la Ley del IRPF.
En este punto, es cuando las familias pierden el derecho a la deducción por hijo/a cargo con discapacidad, pues incumplen uno de los requisitos: no superar los 8.000 €/anuales. Al superar dicho umbral, no solo pierden el derecho a la deducción del mínimo por descendiente, a su vez, el mínimo por discapacidad también se ve afectado.
El mínimo por discapacidad se estructura de la siguiente manera:
- Discapacidad del 33%: 3.000 euros
- Discapacidad del 65%: 9.000 euros
- Discapacidad del 65% y necesidad de tercera persona: 12.000 euros (9.000€ + 3.000€)
En referencia a los casos de Federación ASPACE Galicia y sus entidades miembro, las familias afectadas reciben tanto la PNC con el incremento del 50% y el mínimo por discapacidad del 65% y necesidad de tercera persona. Existiendo un baremo de grado de discapacidad entre el 80% y el 100% entre las familias de los usuarios/as con parálisis cerebral afectadas.
Ejemplo práctico.
Una PNC de 6.800€ más el complemento de tercera persona (1.800€), superan los 8.000€ anuales. Por ello, el solicitante pierde la deducción por persona con discapacidad, 1.200€/anuales o el cobro de 100€/mes. A esto, se le suma la pérdida de los 12.000€, que es la cuantía mínima por descendiente con discapacidad del 65% + necesidad de tercera persona. Los 12.000€ pasan a ser 14.000€ (min. discapacidad más min. descendiente) al perder la reducción del mínimo por descendiente.
Como resultado del ejercicio, son muchas las familias que enfrentan deudas de grandes cantidades con Hacienda. El problema de los pagos reclamados por Hacienda es que son acumulativos, es decir, mientras no se reconozca una asimilación con otras rentas exentas, las familias irán aumentado su deuda según hagan la declaración de la Renta.
Por otro lado, no sólo deben enfrentar el pago a la entidad pública, también siguen haciendo frente a los gastos, como el sistema de copago de las residencias, la necesidad de una tercera persona, medicamentos… Las familias, en su mayoría, optan por trabajos de media jornada para poder hacerse cargo de sus familiares.
Están viviendo una situación marginal y de desamparo donde Hacienda, al no reconocer su situación, la invisibiliza hasta tal punto que no salen recogidas en su declaración, como si esa situación fuese irreal. Pero si mantienen la PNC como ingreso para después poder reclamar dicha ayuda.
EL CASO DE FEDERACIÓN ASPACE GALICIA
Federación ASPACE Galicia, como entidad comprometida en la defensa de los derechos de personas con parálisis cerebral y sus familias, recibimos desde 2023, en nuestro servicio de asesoramiento legal, un creciente de número de consultas y reclamaciones por la pérdida de la deducción de hijo/a cargo con discapacidad en la declaración de la Renta. Todos los casos, son familias que perciben Pensiones No Contributivas por invalidez, que superan por escaso margen los 8.000 euros anuales establecidos por normativa fiscal.
Una situación injusta, incoherente y discriminatoria. Desde nuestra entidad reivindicamos la equiparación en el tratamiento fiscal de las PNC con otras pensiones gestionadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), como las de Invalidez Permanente Absoluta o Gran Invalidez que están exentas de IRPF.
Además, la administración tiene la obligación legal de seguir las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos (DGT) cuando coinciden los hechos circunstanciales, conforme al artículo 89.1 de la Ley 58/2003 General Tributaria (LGT) y a la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central(TEAC). En este sentido, diversas consultas vinculantes emitidas por la DGT respaldaron la interpretación favorable a las familias bajo la cláusula de:
“Si la pensión recibida por el contribuyente cumpliese estos requisitos podría estar exenta de tributación en el Impuesto”
Extracto de una consulta vinculante a la DGT.
Esos requisitos, hacen referencia a igualar los requisitos de la Gran Invalidez o Invalidez Permanente Absoluta, es decir:
- No poder ejercer ningún oficio
- No poder ejercer ningún oficio y necesidad de tercera persona
Victorias legales de las familias
Dentro de esta vorágine oscura y destructiva existe un pequeño faro da esperanza. Una resolución favorable – de uno de los casos llevados por nuestro departamento de legal – donde se reconoce el derecho a la deducción, pese a superar el límite de los 8.000€.
El caso de Mercedes – nombre ficticio- y su hija. Cuya hija con parálisis cerebral y una discapacidad del 99% que recibía una PNC por invalidez íntegra con el incremento del 50% (11.858,70€/anuales). El recurso presentado por nuestro departamento de asesoramiento legal logró demostrar que:
- La pensión debe ser considerada una ayuda asistencial, no renta computable a efectos de la deducción.
- Se infringe el principio de equidad legal al excluir a las familias más vulnerables del beneficio.
La resolución favorable fue emitida por la Delegación de Agencia Tributaria de Vigo. Sirviendo como precedente ante nuevas reclamaciones por vía administrativa o judicial.
Si hablamos del resto de recursos y reclamaciones presentados a la AEAT, seguimos sin obtener una respuesta clara. Desde la entidad pública omiten su obligación de seguir el criterio reiterado de la Dirección General de Tributos.
IMPACTOS ECONÓMICOS
Pérdida de beneficios fiscales esenciales
Las familias dejan de beneficiarse de una deducción de hasta 1.200€ anuales en el IRPF por tener a cargo un hijo/a con discapacidad. Esto representa un importante alivio económico perdido para hogares que ya afrontan gastos elevados.
La soga al cuello se aprieta más con la pérdida de la deducción del mínimo por descendiente y del mínimo por discapacidad. La retirada de las deducciones y futuras reclamaciones de dinero por parte de Hacienda crea un círculo vicioso de pagos e impagos. Las familias deben endeudarse para hacer frente a los pagos de la entidad pública, pero a su vez, deben solventar la deuda generada.
Ahora, imagina esta situación rodando en la rueca del tiempo, sin un final, sin parar. Solo estás tú y Hacienda en medio de un oleaje de oro líquido.
Incoherencia fiscal
Las Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez son una ayuda mínima destinada a personas con pocos recursos económicos. Sin embargo, al superar el umbral de los 8.000€ (por cauda de subidas anuales o complementos de terceros), se pierde automáticamente la deducción. Es decir, se penaliza recibir una pensión que, paradójicamente, sigue estando por debajo del umbral de pobreza.
Efecto trampa de pobreza
Este diseño fiscal crea un incentivo perverso: las familias pueden verse obligadas a renunciar a ciertos complementos de ayuda para no superar el umbral y así no perder la deducción. En la práctica, no se mejora la calidad de vida, sino que se estanca.
Desigualdad frente a otras pensiones
Mientras que prestaciones gestionadas por el INSS (como la pensión por incapacidad permanente) no computan a efectos del límite de los 8.000, las PNC sí lo hacen. Esto provoca un trato desigual entre familias con hijos/as con el mismo grado de discapacidad, dependiendo del tipo de pensión.
El caso de la Prestación Familiar por hijo/a cargo PF de 728,25€. Una renta exenta del artículo 7 LIRPF. Las personas usuarias pueden acceder, principalmente, a dos fuentes de ingresos: Las PNC o la PF.
La diferencia está en que las PF no tiene límites económicos tan estrictos como la PNC. Mientras que las Prestaciones Familiares las puede recibir casi todo el mundo, las Pensiones No Contributivas, están orientadas a personas en riesgo de exclusión social y vulnerabilidad. Resulta un juego de niños que sean las PNC -a las cuales optan una parte de la sociedad – las damnificadas.
IMPACTOS SOCIALES
Discriminación indirecta a personas con parálisis cerebral u otras discapacidades graves.
Las personas que acceden a la PNC suelen tener mayores necesidades de apoyo, por lo que esta normativa fiscal perjudica a quienes más lo necesitan, reforzando barreras estructurales y dificultando su inclusión. Pues uno de los requisitos para acceder a la PNC es tener un grado de discapacidad mayor o igual al 65%.
Carga emocional y burocrática para las familias
Muchas familias no comprenden por qué se les retira la deducción. Esto genera desinformación, frustración y desconfianza hacia la administración pública, especialmente cuando creen estar cumpliendo con todos los requisitos.
Las familias, trasladan la indiferencia por parte de la Administración Pública. Sus hijo/as depende totalmente de ellas. Es dantesco y, hasta burlesco, imaginar que una persona con una pensión de 850€ puede:
- Pagar una vivienda
- Suministros
- Alimentación
- Ropa
- Gastos derivados de la discapacidad
- Medicamentos exentos de la Seguridad Social
- Terapias
- Tratamientos
- Profesionales o centros de atención
- Adaptaciones
- Productos de apoyo
La lista de gastos es aún mayor, esto es sólo una muestra de realidad. Es imposible vivir con 850€ ya sin mencionar los casos de familias monoparentales.
Estigmatización y percepción de castigo
Desde un punto de vista social, se percibe como una penalización por tener un hijo/a con discapacidad y recibir ayudas públicas. Esto contradice el principio de protección reforzada recogido en el Constitución Española (art. 53) y en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), el artículo 28 “Nivel de vida adecuado y protección social”.
Reclamaciones colectivas y activismo familiar
Las familias reclaman una reforma del sistema, especialmente desde el movimiento asociativo de la discapacidad, que considera esta situación una vulnerabilidad del derecho a la equidad fiscal y a la protección social.
LLAMAMIENTO AL CAMBIO NORMATIVO
Desde ASPACE Galicia, aclamamos por una reforma normativa urgente que corrija la incoherencia legal y fiscal, y que asegure:
- Las PNC no computen como renta para perder deducciones fiscales si la persona beneficiaria es dependiente y tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 75% con el plus de necesidad de tercera persona. En aquellas personas nacidas con una discapacidad o heredada en la infancia, es decir, que no puedan ser parte del servicio de empleo a lo largo de sus vidas. Como es el caso de las personas con parálisis cerebral pertenecientes a las entidades miembros de Federación ASPACE Galicia.
- Se garantice el principio de equidad y protección reforzada a las familias con mayores necesidades de apoyo.
Este cambio no solo es una cuestión de justicia fiscal, es cuestión de respeto a los derechos fundamentales y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad(art. 28 – nivel de vida adecuado y protección social).
OTRAS ACCIONES DE INCIDENCIA REALIZADAS DESDE ASPACE GALICIA
En los últimos meses desde Federación ASPACE GALICIA hemos puesto en marcha diversas acciones para denunciar esta situación:
- Trasladar esta demanda a Confederación ASPACE, entidad estatal de la que formamos parte, para que traslade estas demandas en el ámbito de incidencia estatal, a través del CERMI estatal, de la incidencia ante los Ministerios implicados en el tema o mediante reuniones con las personas representantes de las diferentes fuerzas políticas.
- Reunión con la Valedora do Pobo de Galicia para trasladar, entre otras, esta reclamación.
- Incidencia en medios de comunicación con diferentes artículos en medios de tirada autonómica y nacional…
- El Diario
- La Voz de Galicia
- Cinco días
Desde Federación ASPACE GALICIA seguiremos trabajando intensamente para revertir esta situación.