El pasado 2 de enero de 2025 se publicó en el DOG el nuevo modelo normalizado de solicitud conjunta de reconocimiento de la situación de la dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Galicia y del reconocimiento del grado de discapacidad.
El pasado 2 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la resolución de 31 de diciembre de 2024, a través del que se incorporan cambios en el proceso de valoración de la dependencia en Galicia. A través de esta resolución se aprueba el modelo normalizado de solicitud conjunta de reconocimiento de la situación de la dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Galicia y del reconocimiento del grado de discapacidad.
Con esta modificación se unifica en un único procedimiento el reconocimiento de la dependencia y la discapacidad en Galicia. De esta forma, la persona interesada podrá solicitar en un único trámite la valoración de la discapacidad y la dependencia y se realizará también de forma conjunta la valoración y resolución de los dos procedimientos.
Una de las modificaciones incorporadas al procedimiento es la simplificación de la documentación a presentar. Con el nuevo sistema sólo será necesario presentar la solicitud normalizada, preferentemente a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Con ese fin se ha habilitado el procedimiento BS210A – Reconocimiento de la situación de dependencia y de la discapacidad
No es necesario presentar documentación adicional, salvo que el interesado lo considere importante, o con el fin de agilizar la tramitación del expediente, siempre que se autorice la consulta de datos en diferentes organismos públicos.

Otros cambios incorporados en el proceso de valoración de la dependencia en Galicia
- En aquellos casos en que se solicite la valoración conjunta de discapacidad y dependencia, una vez valorada a la persona, si da un grado de dependencia, se aplicará la homologación señalada en el punto 2 de la Disposición adicional duodécima de la Ley 13/2008:
- GRAO I = 33% de discapacidad
- GRAO II = 66% de discapacidad
- GRAO III =100 % de discapacidad
- Las personas solicitantes que residan en centros de gestión directa de la Consellería de Política Social e Igualdad serán valoradas por el personal sanitario de estos centros.
- El equipo técnico, cuando a la vista del informe de salud se deduzca claramente que la situación de la persona solicitante es compatible con el más alto grado de dependencia (grado III), emitirá el dictamen correspondiente. Se procederá siempre así en los siguientes supuestos:
- Personas encamadas
- Deterioro cognitivo avanzada.
- Fase avanzada de ELA u otras enfermedades o procesos neurológicos irreversibles y de alta complejidad de cuidado.
- Fase 5 de Y. de Parkinson.
- Fase terminal de procesos oncológicos
- Tetraplejia.
- Discapacidad intelectual profunda.
- O en otros supuestos de los que se deduzca claramente.
Para cualquier duda al respecto puedes ponerte en contacto con el servicio de información y asesoramiento de Federación ASPACE Galicia.